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Si eres facturador electrónico y todavía emites facturas P.O.S., hay algunas cosas importantes que debes saber:
Desde el 1 de enero de 2020, se estableció un límite de facturación P.O.S de 5 UVT (Unidad de Valor Tributario) en Colombia. Esto significa que los negocios que superen este límite deben facturar electrónicamente. Por lo tanto, si emites una factura P.O.S. y si esta factura supera los 5 UVT, tendrás que emitir una factura electrónica.