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Para este año 2025 se aproximarán cambios en la Facturación Electrónica. Así anunció el director encargado de la DIAN, el señor Luis Eduardo Llinás. Uno de esos cambios está relacionado con la emisión de las facturas electrónicas a nombre de “Consumidor Final” con 222.
¿Cuándo se usa el seudo nombre 22222222222?
La DIAN estableció en la resolución 042 de mayo de 2020, el articulo 11 opción C dice “Registrar la frase “consumidor final” o apellidos y nombre y el numero “22222222222” en caso de adquirientes de bienes y/o servicios que no suministren la información de los literales a) o, b) de este numeral, que son el NIT o cedula y la razón social o nombre completo.
Como es de saber en los puntos de ventas físicos es muy difícil que alguien quiera dar sus datos personales para la emisión de una factura. Por lo tanto, la DIAN creó esté seudo nombre con el fin de agilizar el proceso de emisión de facturas y seguir registrándolas a pesar de que el adquiriente no desee dar sus datos personales.
¿Cómo se hará el cambio de consumidor final en el 2025?
Hace unos días el director encargado de la DIAN anunció que se aproximan cambios para la facturación electrónica con el fin de disminuir la evasión de impuestos. El primero de estos cambios es que solamente el facturador electrónico solamente pedirá la cedula del adquiriente, ya no se pedirá nombre completo ni correo electrónico. Esto con el fin de que se agilice el proceso de la emisión de la factura en el establecimiento de comercio. Esto llevará a que se elimine el uso de “Consumidor Final”, así todas las facturas tendrán un NIT o cedula. De este modo la DIAN también podrá monitorear el consumo de los adquirientes (sobre todo de las personas naturales) y determinar si deben declarar renta o no.
Si tienes un negocio y quieres asegurarte de cumplir con todas las normas de facturación electrónica, es recomendable contar con un sistema de facturación electrónica que cumpla con los requisitos de la DIAN y te facilite la gestión.
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