Tienes 0 puntos en tu bolsillo de pubon

Desde el mes de febrero el director general (e) de la DIAN ha venido anunciando los siguientes cambios que se realizarán sobre la facturación electrónica con el fin de agilizar el proceso de emisión de facturas en los establecimientos de comercio.
Las casas de software de facturación electrónica ya tienen que ir realizando actualizaciones en su sistema con el fin de tener disponible estos cambios…pero, ¿Cuáles son?
Por medio de la resolución 000202 de 2025 se establece que los establecimientos de comercio expedirán la factura electrónica solo con el numero de documento de identidad del comprador.
¿Cómo se adquirirán los demás datos?
Las casas de software deberán realizar ajustes en el sistema para integrar este nuevo servicio en donde le permitirá completar de manera automática el nombre o razón social y de este modo generar la facturar electrónica. Cada software se conectará a la base de datos central de la DIAN para obtener estos datos. De esta manera la DIAN también garantizó la seguridad de los datos personales de los adquirientes.
¿Qué pasa si los datos del adquiriente no aparecen en la base de datos?
En estos casos el facturador electrónico solo podrá solicitar los siguientes datos al adquiriente:
1. Cedula o NIT
2. Nombre completo o razón social.
3. Correo electrónico en caso de que el adquiriente desee recibir la factura por este medio.
El adquiriente no está obligado a dar su correo para recibir su factura electrónica. En caso de que no lo dé, se le debe entregar la factura en físico sin ningún inconveniente.
Este servicio estará disponible a partir de la segunda semana de abril.
Recuerda preparar tu establecimiento de comercio para esta nueva actualización en facturación electrónica.
Servicios electrónicos para PyMes
Una vez más te damos gracias por leer nuestro artículo de hoy. Esperamos puedas compartirlo con alguien que también lo pueda necesitar.
¡Te esperamos en el siguiente artículo!